Recursos

-Centros/Programas-

Red de Recursos de Rehabilitación Psicosocial La Palma

Centro de Rehabilitación Psicosocial La Dehesa y Pedregales

Son centros específicos de atención diurna que mantienen una relación estrecha con la Unidad de Salud Mental Comunitaria de referencia. En La Palma contamos con el CRPS Villaflora y Los Pedregales que atienden la comarca este y oeste respectivamente. En estos centros se desarrollan actividades para personas que tienen problemas para adaptarse e integrarse en su comunidad como consecuencia de un trastorno mental.

Centro Residencial de Rehabilitación Psicosocial Villaflora

Son centros específicos de atención diurna que mantienen una relación estrecha con la Unidad de Salud Mental Comunitaria de referencia. En La Palma contamos con el CRPS Villaflora y Los Pedregales que atienden la comarca este y oeste respectivamente. En estos centros se desarrollan actividades para personas que tienen problemas para adaptarse e integrarse en su comunidad como consecuencia de un trastorno mental.

Perfil del usuario de los centros

Podrán ser usuarios del Programa Insular de Rehabilitación Psicosocial aquellas personas con edades comprendidas entre los 18 y 64 años que cumplan los siguientes criterios

  • Presentar un trastorno mental de larga duración, preferentemente psicosis.
  • Ser atendido, derivado y en seguimiento por la Unidad de Salud Mental Comunitaria (USMC) de referencia.
  • Estar en el momento de la solicitud y el acceso a la plaza compensado psicopatológicamente.
  • Aceptar la persona y su familia el compromiso con el programa terapéutico rehabilitador.
  • No presentar consumo de tóxicos ni trastornos de origen orgánico en el momento de la solicitud y acceso a plaza.
  • Presentar una discapacidad en el funcionamiento de la vida diaria.
  • Estar empadronado en alguno de los municipios de la Isla de La Palma.
  • Acudir de forma voluntaria.
  • No presentar, de manera permanente, hábitos y/o trastornos de conducta que distorsionen gravemente la convivencia, ni necesidades de atención sanitaria que no puedan prestarse habitualmente en régimen ambulatorio.
  • No presentar enfermedad infectocontagiosa activa en el momento de la solicitud y acceso a la plaza.